¿Está su programa adaptado a la nueva normativa europea de etiquetado?
Las etiquetas de los alimentos se preparan para el cambio. El 13 de diciembre de 2014 comenzará a ser aplicable el reglamento 1169/2011 aprobado el 30 de septiembre de 2011 y que marca qué información deberán llevar los productos en su envase y cómo deberá presentarse ésta.
¿Está su programa adaptado a la nueva normativa europea de etiquetado?
El nuevo etiquetado será obligatorio a final de año pero las empresas pueden empezar a incorporar los cambios desde ya. OpenGest y OpenRest ya están adaptados a la nueva normativa:
– Iguales en toda Europa. La misma norma que seguirá España, la aplicarán también en Francia, Italia y los otros 25 países miembros. Hasta ahora había una directiva europea a partir de la que los miembros de la UE establecían sus propias leyes de etiquetado como nuestro Real Decreto 1334/1999. En diciembre todo cambiará y la norma será común. El nuevo texto es mucho más complejo y denso. Para que te hagas a la idea, la ley española ocupaba apenas 20 páginas y la nueva rebasa de largo las 40.
– Etiquetas. Las etiquetas deben ser fácilmente visibles, claramente legibles y, en su caso, indelebles. La información alimentaria obligatoria no debe estar en modo alguno disimulada, tapada o separada por ninguna otra indicación o imagen, ni por ningún otro material interpuesto. Por lo tanto, las etiquetas no han de poder quitarse fácilmente de forma que se comprometa la disponibilidad o la accesibilidad de la información alimentaria obligatoria para el consumidor
– El origen de la carne. Actualmente es obligatorio indicar la procedencia de miel, aceite de oliva, frutas, verduras, pescados y carne de vacuno, a partir de 2014 se tendrá que especificar también el origen de la carne de cerdo, aves de corral, ovejas y cabras tanto si se vende fresca como refrigerada o congelada.
– Letra más grande y legible. Es una ley de información al consumidor por lo que para que ésta llegue debe facilitarse. ¿Cómo? Haciendo más grande la letra de las etiquetas. La norma establece que debe existir un tamaño mínimo: para los envases de más de 80 cm2 será 1,2 mm de altura y en los de tamaño inferior, de 0,9 mm. Esto no significa que una persona con presbicia no vaya a necesitar gafas pero al menos podrá ser asequible en gente sin problemas de visión.
– Los alérgenos, bien visibles. Aquellos con problemas de alergias e intolerancias van a poder comprar con mucha más tranquilidad y sin invertir tanto tiempo en revisar las etiquetas. A partir de diciembre los alimentos con componentes susceptibles de provocar estas reacciones (lactosa, frutos secos…) deben utilizar una tipografía diferente para indicar su presencia. Puede ser un cambio de color, de tipo de letra o que aparezca marcada en negrita. Hacer la compra en el extranjero también será mucho más sencillo.
– Fecha de caducidad y consumo preferente. Esto en realidad no va a cambiar pero es bueno aclarar cómo es exactamente el marcado de fechas. Si un alimento es microbiológicamente perecedero (lácteos, productos cárnicos, de la pesca…) debe aparecer su caducidad. En el resto de los productos (tomate fritos, conservas…) aparecerá la fecha de consumo preferente, que establece el productor estimando cuánto tiempo puede durar en buenas condiciones.
– Más fechas: congelación y descongelación. Dos términos serán claves en este aspecto. ‘Congelado en’ será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos y ‘descongelado’ en aquellos que antes de poner en el estante han sido descongelados, lo que significa que sólo podrán volver a esa parte de la nevera si los cocinamos. Esa información puede no aparecer si la descongelación no afecta al consumidor.
– Etiquetado nutricional obligatorio. Si vas a la despensa y coges el último paquete de galletas que has comprado, lo normal es que incorpore datos como el número de calorías que contiene o la cantidad de hidratos de carbono aporta. Esa información aparece con frecuencia pero no era obligatorio. La nueva ley sí lo impone aunque para que aparezca en absolutamente todos los envases habrá que esperar hasta 2016, fecha en que sabremos si finalmente se determina que estos datos se incorporen también en los envases de bebidas alcohólicas.
– Grasas, al detalle. La información sobre el origen de las grasas será todavía más completa. Ahora sólo hay que indicar si la procedencia es vegetal, animal o son grasas hidrogenadas. La nueva ley obliga a detallas qué tipo de aceite contiene: si es de girasol, de oliva o de palma. La presencia de grasas trans seguirá sin tener que indicarse, a la espera de la resolución de 2016.
– Recomendaciones nutricionales. No sólo conoceremos los nutrientes del alimento comprado, la etiqueta informará también sobre la cantidad diaria que debemos consumir de esos mismos, especialmente en el caso de vitaminas y minerales. Así podremos calcular cuántos estamos consumiendo y qué cantidad nos queda para llegar a la cifra recomendable.
– La palabra sal. El objetivo es informar y de ahí que se eviten palabras confusas. Es el caso de ‘sodio’ que desaparecerá de los envases para dejarle paso a la más conocida ‘sal’.
– Información junta. Para no llevar a confusión se prohíbe repartir ésta por el envase. Todo tiene que estar en el mismo campo visual, aunque se permite repetir los elementos más importantes en la zona principal para que vean mejor y, también sea dicho, pueda resultar más atractivo para la venta.
– ‘Elaborado a partir de…’. Esos alimentos que parecen que están hechos de una sola pieza de carne o pescado, pero que en realidad son la suma de varias combinadas con otros ingredientes deben dejarlo claro, incluidos los aditivos alimentario, las enzimas y si tuviesen proteínas añadidas de origen animal diferente, indicando en este caso. Así sabremos de qué están hechas las salchichas, los palitos de cangrejo y otros productos parecidos.
– La tripa no comestible. Los embutidos cuyo envoltorio sea no comestible están obligados a indicarlo. Luego cada uno deberá actuar (o no) en consecuencia.